SOMMARIO o. Introducción. – 1. Toma de posición sobre la estructura del delito culposo de resultado. – 1.1. Las diferencias aparentes entre la tipicidad objetiva de los delitos dolosos y culposos de resultado. – 1.2. La dificultad para distinguir entre riesgos jurídicamente desaprobados y riesgos tolerados en los delitos de homicidio y lesiones colposo. – 2. Cuestiones generales sobre las reglas extrajurídicas. – 2.1. Concepto de reglas extrajurídicas. Formas que pueden adoptar y funciones. – 2.2. Reglas extrajurídicas de seguridad y delitos imprudentes del Título X del Libro II del Código Penal. – 2.3. Naturaleza de las reglas extrajurídicas. – 2.3.1. El carácter no vinculante de las reglamentaciones extrajurídicas. – 2.3.2. La incorporación y la remisión estática. – 2.3.3. La remisión dinámica. – 2.3.4. La introducción administrativa. – 2.3.5. Resultado provisional. – 3. La función de las reglas extrajurídicas en el juicio de peligrosidad de la conducta típica. Las reglamentaciones extrajurídicas como expresión de una adecuada ponderación de intereses. – 3.1. Las reglas extrajurídicas como corporeización de la experiencia. – 3.2. El presupuesto para que una regla extrajurídica fije el deber de conducta en los delitos culposos de resultado: la expresión de una adecuada ponderación de intereses. – 3.2.1. La reglamentación extrajurídica no puede imponer gravámenes excesivos al ejercicio de la libertad de acción. – 3.2.2. La reglamentación extrajurídica no puede proteger de un modo insuficiente los bienes jurídicos vida y salud individual. – 3.2.3. Sobre los intereses que han de ser ponderados. – 3.3. Criterios que deben guiar la ponderación de intereses. – 3.3.1. La capacidad de aceptación recíproca como criterio para la ponderación. – 3.3.2. La plausibilidad de la capacidad de aceptación recíproca del contenido de la regla extrajurídica. – 4. La adecuación general de las reglas extrajurídicas 4.1. Argumentos en favor de la adecuación general de las reglas extrajurídicas. – 4.2. Posturas contrarias a la presunción de adecuación. Crítica. – 4.3. Resultado provisional. – 5. Consecuencias de la observancia y de la infracción de reglas extrajurídicas adecuadas. – 5.1. Consecuencias de la observancia de reglas extrajurídicas adecuadas. – 5.1.1. La creación de (únicamente) riesgos tolerados. – 5.1.2. La exigencia de una “identidad de riesgo”. – 5.1.3. Creación de riesgos jurídicamente desaprobada por no aplicar capacidades especiales. – 5.2. Consecuencias de la inobservancia de reglas extrajurídicas adecuadas. – 5.2.1. La creación de riesgos desaprobados. – 5.2.2. Casos de creación de riesgos tolerados pese a la inobservancia de reglas extrajurídicas adecuadas. – 5.2.3. Las consecuencias de la infracción de reglas extrajurídicas adecuadas en el plano de la culpabilidad. – 6. Consecuencias del acatamiento o de la infracción de reglas extrajurídicas inadecuadas. – 6.1. Reglas extrajurídicas que imponen una exigencia desmedida en aras de la protección del bien jurídico. – 6.2. Reglas extrajurídicas que ofrecen una protección insuficiente del bien jurídico. – 6.2.1. La inadecuación de la regla extrajurídica ya es evidente en el momento de desplegar la conducta. – 6.2.2. La inadecuación de la regla extrajurídica se pone de manifiesto luego de la realización del comportamento. – 7. Síntesis. – Bibliografía.
Il contributo è già stato pubblicato sulla rivista Politica criminal, vol. 13, num. 25 (2018).